lunes, 11 de febrero de 2008

¿Qué es el EIR?

El Enfermero Interno Residente (o EIR) es un examen que los diplomados de enfermería deben superar en España al finalizar sus estudios para poder cursar una de las especialidades existentes: Salud Mental o Matrona. Dichas especialidades se cursan mediante el sistema de residencia, similar al de los médicos con el MIR. La diferencia es que los enfermeros pueden trabajar en otros campos (la mayoría) sólo con el título de enfermero generalista.
El REAL DECRETO 450/2005, de
22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, regula la creación de nuevas especialides, que son:
Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona).
Enfermería de Salud Mental.
Enfermería Geriátrica.
Enfermería del Trabajo y Salud Laboral.
Enfermería de Cuidados Médico- Quirúrgicos.
Enfermería Familiar y Comunitaria.
Enfermería Pediátrica.
A día de hoy dicho Real Decreto continua sin desarrollarse y enfermería cuenta sólo con las dos especialidades mencionadas al principio.
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martes, 5 de febrero de 2008

EIR 2008


El Ministerio de Sanidad y las CC.AA. acuerdan la oferta de formación sanitaria especializada 2007/2008 y la nueva regulación de la formación especializada.

El Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas han aprobado en el Pleno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud una oferta de 7.341 plazas de formación sanitaria especializada, para todas las titulaciones, que se adjudicarán en el año 2008 (489 plazas más que el año anterior). La oferta de plazas destinada a las especialidades de Enfermería asciende a 488 plazas (2,5% más con respecto a la anterior convocatoria). De ellas 355 son para enfermería obstétrico-ginecológica (matronas) y 133 para salud mental.

Ministerio de Sanidad/Departamento de Comunicación MADRID, 14-09-2007.
El ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria, ha presidido por primera vez el Pleno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS) en la sede del Ministerio en Madrid. En esta reunión se abordaron tres cuestiones fundamentales: la aprobación de la oferta de plazas para formación especializada de profesionales sanitarios para el próximo curso, el llamado proyecto de real decreto de aspectos formativos (para formación especializada) y la articulación del segundo nivel de formación en protección radiológica.De estas 7.341 plazas, 6.853 se incluyen como oferta en la denominada convocatoria general (para médicos, farmacéuticos, químicos, biólogos, bioquímicos, psicólogos y radiofísicos). 6.661 corresponden al sistema formativo de residencia, lo que supone un 7,9% más que en la anterior convocatoria, y 192 en régimen de alumnado (frente a las 200 de la convocatoria anterior). A esta cifra se añadirá la oferta de plazas correspondiente a la especialidad de Medicina del Trabajo, que por sus especiales características se publicará, como en años anteriores, en el mes de febrero de 2008, junto con las relaciones de resultados de la prueba selectiva. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), la Comisión de Recursos Humanos, en la que están representadas las Comunidades Autónomas, ha determinado, teniendo en cuenta las propuestas formuladas por las mismas, la oferta de plazas de cada una de las especialidades y su distribución territorial entre los diferentes servicios de salud.
Distribución
El examen de acceso a las plazas que se ofertan para el periodo 2007/2008, se celebrará el 19 de enero de 2008. Todas las comunidades autónomas, según sus necesidades de especialistas y su capacidad docente acreditada, han elevado sus ofertas con respecto a las del año anterior. Las 488 plazas ofertadas para su adjudicación por el sistema de residencia que se incluirán en la convocatoria de especialidades de Enfermería se distribuyen de la siguiente forma:

- Enfermería Obstétrico Ginecológica: 355 plazas.

- Enfermería de Salud Mental: 133 plazas.

En el seno de la Comisión también se produjo un amplio debate sobre las necesidades de especialistas de nuestro sistema sanitario y la conveniencia de proseguir con las actuaciones que completen el estudio llevado a cabo a este respecto por el Ministerio de Sanidad y Consumo, incluyendo las últimas previsiones de las Comunidades Autónomas. Asimismo se indico la necesidad de seguir haciendo esfuerzos para incrementar el número de unidades docentes, para que a corto plazo la oferta de plazas de formación sanitaria especializada sea lo más amplia y equilibrada posible.
Proyecto de real decreto sobre aspectos formativos
La Comisión informó el proyecto de real decreto por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, conocido como real decreto de aspectos formativos. Esta norma implica un paso esencial en el desarrollo de la LOPS y en consecuencia en la actualización, mejora y sistematización del sistema de formación sanitaria especializada:

- Configurando un mismo modelo para todas las especialidades en ciencias de la salud.
- Actualizando y flexibilizando el concepto de unidad docente y posibilitando la creación de unidades docentes de carácter multiprofesional en línea con los principios contenidos en la LOPS. - Generalizando las Comisiones de Docencia de Centro o Unidad como órganos colegiados únicos. - Potenciando y regulando la figura del tutor como principal responsable del seguimiento formativo del residente y del cumplimiento del correspondiente programa, por lo que se limita a cinco el número máximo de residentes por cada tutor. La importancia de esta figura determina su necesaria acreditación, evaluación periódica de la competencia, adecuada dedicación y reconocimiento de su labor por las comunidades autónomas.
- Abordando el binomio supervisión decreciente responsabilidad creciente tan característico del sistema de residencia y previendo la supervisión de presencia física del residente de primer año. - Estructurando las evaluaciones (formativa, anual y final) y sus revisiones e incorporando la evaluación de la excelencia al final del periodo formativo mediante pruebas anuales y comunes en el ámbito de todo el Estado.
- Regulando la acreditación así como procedimientos de control de calidad de las estructuras docentes en tres niveles: comisión de docencia, comunidades autónomas y Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, que contaran con la participación de los residentes.
- Esta norma constituye una oportunidad para incorporar importantes modificaciones altamente demandadas en el sector como son las relativas a la prueba MIR para fomentar la conclusión de la especialidad iniciada, las destinadas a garantizar el descanso entre jornadas de los residentes. - El decreto incluye como anexo el acuerdo aprobado por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, mediante el que se establecen criterios comunes que posibilitaran el desarrollo coordinado del amplio abanico de competencias que la LOPS atribuye a las administraciones sanitarias en materia de formación sanitaria especializada.
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miércoles, 30 de enero de 2008

Convocatoria EIR 2007/08

1. Introducción.
En el Boletín Oficial del Estado del 19 de Septiembre de 2007 se ha publicado la
Convocatoria de la Prueba Selectiva 2007-2008 para el acceso a plazas de
Formación Sanitaria Especializada para Diplomados en Enfermería, de las
especialidades de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona) y de Enfermería de
Salud Mental.
El examen tendrá lugar el sábado 19 de Enero de 2008.
La novedad más importante se refiere al modelo de solicitud para participar en
la prueba. Se utiliza el Modelo 790, que unifica la solicitud de admisión a
pruebas selectivas y liquidación de tasa de derechos de examen, pero este año
sólo se podrá descargar a través de Internet.
http://www.msc.es/fse/modelo790

2. Número y distribución de plazas.
Se convoca un total de 488 plazas de formación sanitaria especializada para
Enfermeros/as, 355 en la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica y
133 en la de Enfermería de Salud Mental.
Se han convocado 7 plazas más que en la convocatoria anterior.

3. Requisitos de los aspirantes.
Los requisitos que deben cumplir los aspirantes son:
1.- Ser español o nacional de los estados que integran la Unión Europea, el Espacio
Económico Europeo o de la Confederación Suiza, o nacional del Principado de Andorra.
También nacionales de terceros países en situación de residencia, residencia y trabajo,
o estancia por estudios en España. Y finalmente nacionales de aquellos países que
tengan firmado y en vigor Convenio de Cooperación Cultural con España.
2.- Estar en posesión del título de Diplomado en Enfermería, o de la certificación
sustitutoria del mismo en la forma establecida por la legislación vigente o en
condiciones de obtenerlo antes del 19 de Enero de 2008.
3.- Los aspirantes nacionales de estado cuya lengua oficial no sea el castellano,
deberán acreditar un conocimiento suficiente del idioma:
a) Diploma de español, nivel intermedio o superior expedido por el
Instituto Cervantes.
b) Certificación académica expedida por una Escuela Oficial de Idiomas
Más información en la página Web del Ministerio de Sanidad: www.msc.es
En esta página encontrarás los datos más importantes de la convocatoria.

4. Bases generales de la convocatoria.
1.- La prueba selectiva se regirá por la misma normativa que se ha venido
empleando para el examen E.I.R. en los últimos años. La prueba será un
examen de preguntas tipo test de contestaciones múltiples a responder en 2 horas.
Cada pregunta bien contestada sumará 3 puntos, aquella mal contestada restará 1
punto, dejándose sin valorar las no contestadas.
2.- El examen puede realizarse en cualquiera de las LOCALIDADES recogidas en el
siguiente listado. Deberás indicar en tu solicitud la localidad donde quieres realizar el
ejercicio.
Comunidades Autónomas Localidades de Examen
Andalucía Cádiz, Sevilla y Granada
Aragón Zaragoza
Asturias Oviedo
Baleares Palma de Mallorca
Canarias Las Palmas y Santa Cruz
Cantabria Santander
Castilla-La Mancha Albacete
Castilla-León Valladolid y Salamanca
Cataluña Barcelona
Extremadura Badajoz
Galicia Santiago de Compostela
La Rioja Logroño
Madrid Madrid
Murcia Murcia
Navarra Pamplona
País Vasco Bilbao
Comunidad Valenciana Valencia
Ten en cuenta que hacer el examen en una mesa distinta a la que te asignen
en principio puede ser motivo de anulación del examen, salvo que se obtenga una
autorización expresa.
3.- Matriculación:
Se debe realizar en el periodo comprendido entre el 24 de Septiembre y el 4 de
Octubre del 2006 ambos inclusive, entregando la documentación en el Ministerio de
Sanidad y Consumo (Paseo del Prado, 18 y 20, 28071, Madrid), en sus dependencias
territoriales o en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, cuyas direcciones
encontrarás en el Anexo VIII, al final de este resumen. Los documentos que hay que
presentar son:
Instancia: Modelo 790. Dicho modelo que consta de tres hojas más la de
instrucciones, se facilitará gratuitamente en la página Web del Ministerio de Sanidad y
Consumo: http://www.msc.es/fse/modelo790
El mencionado modelo deberá ser presentado, en soporte papel, en cualquiera de las
entidades financieras colaboradoras al objeto de acreditar el pago de la
correspondiente tasa.
a) Las tasas por derecho de examen son de 20,30 euros. El pago se hace
mediante un ingreso bancario. Se puede hacer en cualquiera de las entidades
colaboradoras en la gestión tributaria (la práctica totalidad de las mismas)
mediante la presentación de las tres hojas que integran el modelo 790 de solicitud.
Recuerda que te debes guardar una copia como justificante de la matrícula y del
pago.
b) Fotocopia compulsada del D.N.I. , pasaporte o tarjeta de identidad
extranjera Se debe presentar en el plazo establecido de presentación de
instancias. La No aportación es causa de No admisión.
c) Fotocopia compulsada del Título Oficial de Diplomado en Enfermería, o
de la resolución de reconocimiento u homologación del mismo por el Ministerio de
Educación y Ciencia o en su defecto, certificado sustitutorio.
d) Fotocopia compulsada de la certificación académica personal en la que
figurarán las calificaciones obtenidas en la Licenciatura, la fecha de fin de carrera y la
fecha de abono de los derechos de expedición del correspondiente título. Dicha
certificación incluirá las calificaciones (aprobado, notable, sobresaliente, matrícula de
honor) obtenidas en cada una de las asignaturas que hubiera cursado el aspirante en
la licenciatura y, en su caso (cuando se trate de planes de estudio aprobados al
amparo del Real Decreto 1497/1987), el número de créditos de cada una de ellas y el
tipo de materia en la que se integra (troncal, obligatoria, optativa, libre
configuración).
No será preciso presentar la fotocopia compulsada de la certificación académica
personal, cuando se trate de aspirantes que hayan obtenido número de orden en las
relaciones definitivas de resultados correspondientes a las convocatorias 2004/2005,
2005/2006 y 2006/2007, y hayan presentado tal certificación, salvo que el interesado
desee acreditar nuevos méritos (doctorado o tesis doctoral).

5. PARA MAS INFORMACIÓN PODÉIS ACUDIR A:
a) En la página Web de CTO está colgada toda la información relativa a la
convocatoria www.ctomedicina.com

b) Los tutores de cada grupo también pueden ayudaros en vuestras dudas

c) El enlace con la página del BOE:
http://www.boe.es/boe/dias/2007/09/19/pdfs/A38173-38208.pdf

d) Ante cualquier duda que se tenga, la fuente definitiva es el propio Ministerio de
Sanidad, que es el que mejor puede valorar una situación concreta. Os lo
recomendamos especialmente a los aspirantes extranjeros nacionales de países
no comunitarios. Se puede acceder a él:
- En persona, acudiendo a la Unidad de Pruebas Selectivas del Ministerio.

- Por teléfono, llamando al 91 596 10 00 y pidiendo que os pasen con
Formación Especializada.

- Vía Internet: http://www.msc.es

Calendario Convocatoria EIR 2007-08
Plazo presentación solicitudes: Del 24 de Septiembre al 4 de Octubre de 2007,
ambos inclusive.
Exhibición de relaciones provisionales de admitidos: A partir del 7 de
Noviembre de 2007.
Exhibición de relaciones definitivas de admitidos: A partir del 20 de
Diciembre de 2007.
Fecha del Examen: Sábado, 19 de Enero de 2008.
Exhibición de plantillas con respuestas correctas: A partir del 28 de Enero
de 2008.
Plazo reclamación de plantillas con respuestas correctas: Días 29, 30 y 31
de Enero de 2008.
Reunión de las Comisiones Calificadoras para resolver las reclamaciones
presentadas: Días 14 y 15 de Febrero de 2008.
Exhibición de relaciones definitivas de resultados: A partir del día 17 de
Marzo de 2008.
Actos de asignación de plazas: A partir del día 3 de Abril de 2008, conforme al
calendario que aprobará la Dirección General de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios.
Plazo posesorio para la incorporación: Días 19 y 20 de Mayo de 2008, ambos
inclusive.Imprimir

miércoles, 23 de enero de 2008

¿Como conseguir tu Especialidad si eres recién Diplomado?


El Real Decreto de Especialidades establece el sistema EIR (Enfermero Interno Residente) para el acceso a las especialidades enfermeras. En esta sección encontrarás información detallada de las características de este sistema de formación, así como las peculiaridades de la Prueba de Acceso o la oferta de plazas que en su momento convoque la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.Imprimir

¿Como conseguir tu Especialidad si eres Especialista?


Los enfermeros que estén en posesión de una titulación como especialista que no se ajuste al nuevo Catálogo de Especialidades que contempla el Real Decreto, pueden conseguir la homologación automática y solicitar un nuevo Título de Especialista.En esta Sección te ofrecemos toda la información necesaria para llevarla a cabo. También encontrarás los plazos de tramitación en el momento en que se publiquen.Imprimir

lunes, 21 de enero de 2008

¿Para qué sirve el título?

La obtención del título de especialista supone un nivel superior de cualificación profesional al acreditar una formación específica en algún ámbito concreto del ejercicio profesional.La legislación vigente aclara que el título de Especialista:
* Es un título oficial y válido en todo el Estado
* Es necesario para utilizar la denominación de especialista
* Es necesario para ejercer la profesión como especialista
* Es necesario para ocupar puestos de trabajo -en esa categoría de enfermero especialista- en el sector público y en el privadoImprimir

lunes, 14 de enero de 2008

Real Decreto sobre las especialidades de enfermería

http://www.boe.es/boe/dias/2005/05/06/pdfs/A15480-15486.pdf

EIR

Para que los futuros enfermeros se vayan informando de lo que van a hacer al acabar la carrera os dejo esta página web para que os enteréis de qué es el EIR, tenéis que pinchar en la revista número 182. http://www.codem.es/tribunahemeroteca.asp?id=94